Ley 13531 - Provincia de Buenos Aires
Categoria: Legislativas

Los establecimientos denominados campamentos turísticos o camping que presten servicios con carácter permanente o transitorio, que se habiliten en el territorio de la provincia de Buenos Aires, sean éstos públicos o privados, se regirán por las disposiciones de la presente ley, de su reglamentación y de las normas comunales que en su consecuencia se dicten.

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Fuente: COPRODIS

 

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